El gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, intervino en la audiencia pública de la Corte Constitucional sobre la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 32 de la Ley 2294 de 2023 -Plan Nacional de Desarrollo-, en la que se discuten las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos -APPA.
Advirtió que existe una “contradicción evidente e insalvable” con lo dispuesto en la Constitución.“La Constitución le otorgó la competencia de ordenar el suelo única y exclusivamente a los municipios, a las administraciones municipales, entiéndase a alcaldías y más concretamente a los concejos”, afirmó. Según explicó, la Nación debe establecer políticas generales y los departamentos directrices, pero son los municipios quienes tienen la definición explícita de los usos del suelo.
En su intervención, el mandatario criticó que el artículo 32 del Plan Nacional de Desarrollo entrega al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural la competencia exclusiva y obligatoria en la ordenación del suelo. “No se trata de una orientación general como ya lo ha definido la Constitución y la ley, sino de una competencia exclusiva que desconoce la autonomía municipal”, agregó.
Seguridad alimentaria
El gobernador destacó que la Gobernación de Antioquia ha asumido con seriedad la seguridad alimentaria. “Desde 2016 se estableció el sistema departamental de seguridad alimentaria, se creó un sistema de información y un plan docenal, todo a través de ordenanza”, recordó.
También resaltó que en su administración se tomó una decisión histórica: “Destinamos, mediante la ordenanza 4 de 2024, la totalidad del impuesto vehicular a resolver los problemas de inseguridad alimentaria. En 20 meses de gobierno hemos reducido en un 78% las muertes por desnutrición en menores de 5 años”.
Asimismo, señaló que la inversión en el Programa de Alimentación Escolar (PAE) se multiplicó por cinco frente al cuatrienio anterior. “Hoy todos los niños y jóvenes que asisten al aparato escolar del departamento de Antioquia pueden consumir alimentos desde el día uno del calendario escolar”, enfatizó.
El gobernador también reconoció el trabajo de las mujeres manipuladoras de alimentos: “Les hemos venido pagando, porque antes cocinaban de manera gratuita. Esta es una política muy cara para nosotros: reducir las cargas del cuidado y remunerar su trabajo”.
Producción agropecuaria y café
En su discurso, recordó que Antioquia es el principal productor agropecuario del país, con más de 4 millones de toneladas al año y cerca de 390 mil hectáreas destinadas al sector. El suroeste ocupa el tercer lugar en producción, a pesar de sus suelos ácidos y escarpados.
“Una clara muestra de lo problemático que es definir o darle esta potestad a un planificador central desde un escritorio en Bogotá es que en las discusiones preliminares se sugirió sembrar arroz en el suroeste. Todos sabemos que el arroz se da en zonas planas y no precisamente en las montañas del suroeste”, manifestó.
Finalmente, advirtió sobre el riesgo para la economía cafetera: “hoy hay algunos que esgrimen que el café es considerado un alimento, pero el día de mañana alguien podrá decir que no lo es. ¿Y entonces qué pasará con toda la economía del Suroeste antioqueño si desde Bogotá se desconoce la importancia del café?”.
Sobre el artículo 32 de la Ley 2294 de 2023
El artículo 32 de la Ley 2294 de 2023 modificó el artículo 10 de la Ley 388 de 1997, incorporando como determinantes de ordenamiento territorial las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos -APPA. Estas áreas, declaradas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, deben ser tenidas en cuenta obligatoriamente por los municipios al momento de formular o ajustar sus Planes de Ordenamiento Territorial -POT. La intención del legislador fue garantizar que parte de la frontera agrícola nacional permanezca destinada a la producción de alimentos, en respuesta a los desafíos de seguridad alimentaria que enfrenta el país.
Sin embargo, la medida ha generado debate porque al tratarse de determinantes de ordenamiento, las APPA se imponen con fuerza vinculante sobre los POT municipales. Para algunos mandatarios locales y regionales, como el gobernador de Antioquia, esto implica una limitación a la autonomía territorial que la Constitución reconoce a los municipios en la definición de los usos del suelo. El debate jurídico ante la Corte Constitucional busca precisamente establecer si la norma vulnera esa autonomía o si, por el contrario, se trata de un instrumento legítimo de política nacional en materia de seguridad alimentaria.