Se acabaron los comparendos pedagógicos del Código de Policía, desde el pasado primero de agosto las personas que cometan alguna infracción contra la convivencia reciben sanciones económicas.
El nuevo Código “busca la interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas. Es inminentemente preventivo y apunta a corregir comportamientos que afectan las buenas relaciones humanas y su entorno”, fue aprobado por la plenaria de la Cámara de Representantes en último debate en julio del año pasado; pese a la oposición de algunos sectores y movimientos sociales frente a artículos relacionados con la libertad de expresión y al derecho a la protesta.
En febrero cuando aún estaban en vigencia las multas pedagógicas, el panorama mostraba que las conductas más recurrentes en esta región eran: consumir licor y estupefacientes en el espacio público -cuya multa equivale a $196.720- realizar necesidades fisiológicas en lugares no permitidos -tiene un valor de $786.880- y frente al porte de armas blancas, el intendente jefe Dennys Mosquera, quien en ese entonces era el comandante de la Estación de Policía del municipio de Betulia, hacía un llamado a la comunidad: “señores los cuchillos, navajas y machetes son herramientas única y exclusivamente para el trabajo y no para afectar la integridad de las otras personas”.
Para saber cuáles siguen siendo las conductas más recurrentes y cómo se está articulando el trabajo entre las administraciones municipales y las autoridades competentes para impartir las sanciones económicas, consultamos a cada municipio.
En esta oportunidad no fue posible obtener respuesta de: Jericó, Venecia, Hispania, Caramanta y Ciudad Bolívar. Esperamos contar con su información para nuestra próxima edición.
Amagá
Conducta recurrente: reñir o incurrir en confrontaciones violentas, consumir estupefacientes en vía pública, perturbar la tranquilidad por ruidos, irrespetar a las autoridades de Policía, no recoger los excrementos de las mascotas.
“Son cinco multas económicas las que se han dispuesto hasta el momento. La gente ha aprendido a conocer el código, han sido obedientes con la norma y por eso la tasa de sanciones no es alta, todavía falta, pero ahí vamos. Las multas Tipo 1 y Tipo 2 la gente puede acceder a conmutarlas por medio de jornadas pedagógicas, en el corregimiento de Minas por ejemplo, algunos infractores que ya se les había impuesto el comparendo ayudaron con el embellecimiento del parque de allá y con el de Amagá”. Beatriz Elena Montaño Cano, inspectora.
*Según información de la Secretaría de Gobierno: durante el tiempo pedagógico se aplicaron 70 comparendos por conductas como: riñas, porte de armas blancas, consumo de alcohol, sustancias alucinógenas en vías públicas y ruido en viviendas.
Andes
Conducta recurrente: reñir o incurrir en confrontaciones violentas, arrojar basuras o escombros en el espacio público, permitir el ingreso de menores a lugares para adultos.
“Acá en el municipio se han hecho muy poquitos comparendos porque el Alcalde decidió dar una prórroga como de otro mes; entonces realmente nosotros no vamos a implementar bien el Código sino por allá hasta el primero de septiembre, más o menos, que es cuando empecemos a hacer las acciones. Mientras tanto que se ha implementado con los menores de edad que ingresan a los establecimientos conforme al Código se cierra el establecimiento y se aplica el respectivo comparendo, el tema de las basuras en las calles y riñas. El tema del Código y las sanciones como tal económicas, no son para mejorar la convivencia porque de todas maneras la gente sigue con las riñas, los menores de edad se siguen metiendo a los establecimientos de comercio… es un control que se hace pero con los menores de edad, por ejemplo, el más afectado es el propietario del establecimiento porque a veces ni cuenta se da de que el menor ingresó, entonces han tenido que incurrir en conseguir una persona que les haga las labores de vigilancia, que pida las cédulas para el ingreso a los establecimientos, entonces la tramitología y todo se ha visto aumentada en la administración”. Natalia Marín, secretaria de Gobierno.
Angelópolis
Conducta recurrente: perturbar la tranquilidad por ruidos, porte de armas blancas.
“Durante el mes de agosto se generaron multas en cinco oportunidades por porte de arma blanca, que tiene como sanción la multa Tipo 2, que equivale a: 190.720 pesos. Luego de esa, se han presentado casos de perturbación por el ruido a los vecinos, que han sido tres. Durante el período pedagógico el porte de armas y riñas fueron las más reiterativas.La pedagogía que se ha implementado para la aplicación es el ‘Voz a Voz’ que es un volante que se entrega a la comunidad, en el que se le dice cuáles son las conductas que describe el Código y las posibles medidas. El nuevo Código ha mejorado la convivencia porque la gente se abstiene de realizar ciertas conductas. Ya la gente está, por decirlo así, más educada en el tema de convivencia, más cuidadosa en las reuniones familiares, con el tema de mascotas”. Augusto Mejía, secretario de Gobierno.
Betania
Conducta recurrente: perturbar la tranquilidad por ruidos.
“Siempre hemos tenido dificultades con la implementación del Código de Policía en Betania con el tema de los procedimientos. La estructura general de las administraciones municipales no está ajustada al Nuevo Código y no han sido muchas las sanciones que se han impuesto. Es un cambio que implica una adecuación en la estructura administrativa y la responsabilidad de las autoridades y estamos trabajando sobre la marcha en la implementación de esos procedimientos. Hay muchos temas que aún falta por reglamentar en los pueblos. Uno mira y las sanciones están relacionadas con el tema del ruido”. Luis Felipe Sepúlveda Vargas, secretario de Gobierno.
Betulia
Conducta recurrente: tenencia y consumo de estupefacientes en vía pública.
“A la fecha ha sido necesario tan solo la aplicación de un comparendo económico por el consumo de estupefacientes y tenencia de sustancias estupefacientes en la vía pública. En el municipio de Betulia el proceso de implementación del nuevo Código fue sencillo. Desde la Gobernación de Antioquia fueron enviadas unas comparanderas ya con los consecutivos, se capacitó personal de la Policía en el tema de la aplicación y los comparendos a la par que se socializó con la comunidad las diferentes faltas y comparendos económicos por diferentes medios de comunicación, reuniones con comerciantes y comunidad. Hasta el momento desde que inició el proceso sancionatorio ya con la aplicación de los comparendos económicos, ha habido un comportamiento diría yo ejemplar en el municipio de Betulia. La actividad en el proceso pedagógico que más se visualizó fue el consumo de estupefacientes y tenencia de sustancias estupefacientes en la vía pública. El Código sí ha mejorado la convivencia en el municipio, han cambiado muchos comportamientos desde el ejercicio pedagógico, la atención de la comunidad frente al Código fue muy importante”. Subcomisario Nelson Darío Mejía Vélez, comandante Estación de Policía de Betulia.
Concordia
Conducta recurrente: negarse al procedimiento policial.
“En el momento en el municipio de Concordia se ha dado aplicabilidad al Código en dos oportunidades, con el artículo 35; literal 2 y 3. Si hacemos un análisis en la infracción cometida por parte de estos dos ciudadanos, podemos observar que en ambas se presentan actitudes de negarse al procedimiento policial, algo que es muy común en la sociedad pero que ahora con la entrada en vigencia de esta ley, se tipifica como conducta que va en contra de la sana convivencia y se observa la materialización de la misma. De una u otra forma la pedagogía continúa pero ahora más personalizada, abordando a las personas para que no se vean protagonizando actos que vayan en contra de la ley, más aún cuando nos encontramos en pueblos con culturas y costumbres que con el paso del tiempo casi que son una forma de vivir”. Sargento Alfar González, Estación de Policía en Concordia.
Fredonia
Conducta recurrente: consumo de estupefacientes en vía pública y porte de armas blancas, tipo navajas.
“Van 26 comparendos impuestos contando con la Estación de Policía de Fredonia y la subestación ubicada en la vereda Puente Iglesias. En total han sido pagados cinco comparendos en la cuenta que abrió el municipio para tal fin, y hay otras personas que han conmutado la multa por participación en programas comunitarios o actividades pedagógicas. Algunas personas han participado en charlas sobre convivencia con la suscrita, otros van a colaborar el próximo 16 de septiembre en el embellecimiento de jardines infantiles en veredas. Un comparendo exonerado: un ciudadano demostró que el arma incautada por la Policía, tipo navaja, era su herramienta de trabajo entonces no incurrió en ninguna infracción. La comunidad ha acatado la vigencia del nuevo Código, se nota el mejoramiento en la seguridad y la convivencia. Hasta el momento todo está en regla”. Andrea Henao Arango, inspectora.
Jardín
Conducta recurrente: perturbar la tranquilidad por ruidos, irrespetar a las autoridades de Policía, consumo de bebidas alcohólicas en sitios no permitidos, porte de armas blancas, reñir o incurrir en confrontaciones violentas.
“En total han sido nueve comparendos, uno de ellos por música a altos decibeles. Las personas con multas Tipo 1 y Tipo 2 pueden escoger la jornada comunitaria para pagar así su infracción, qué actividades llevan a cabo: jardinería, instalación de huertas, aseo, sembrado de árboles, limpieza de senderos, socialización de recolección de servicios sólidos, apoyo a jornadas de esterilización de mascotas, entre otros. Ya para Tipo 3 y 4 se acercan a la inspección, se hacen unos descargos, se ratifica el comparendo y la persona debe consignar en una cuenta de ahorros asignada”. Gloria Laura Carvajal, subsecretaria de Convivencia y Movilidad.
La Pintada
Conducta recurrente: perturbar la tranquilidad por ruidos.
“Verificamos el cumplimiento de los documentos legales de establecimientos públicos, la medición de los decibeles en discotecas, cantinas y bares, y revisamos la presencia de menores de edad y también la parte de la salubridad; a raíz de eso se hicieron cerca de unos 20 comparendos más o menos, y varios cierres de establecimientos de manera temporal. Los costos de la multa dependen: por ruido son de $705.000; por cada documento faltante de los establecimientos, la multa es de 390 mil pesos. El Código ha mejorado la conducta porque anteriormente teníamos mucha problemática cuando las personas salían de las discotecas y se quedaban en el parque o se iban para la casa a continuar con el ruido, y ahora los que fueron sancionaron por ruido ya aprendieron la lección y mejoraron la parte del volumen; y ya las personas que no tenían documentos al día para su funcionamiento también han estado viniendo a Industria y Comercio para inscribirse y cumplir con todas las normas.” Albany Mejía, secretaria de Gobierno.
Conducta recurrente: perturbar la tranquilidad por ruidos, irrespetar a las autoridades de Policía, reñir o incurrir en confrontaciones violentas, permitir el consumo de tabaco en lugares no autorizados.
“Van cinco comparendos económicos y otros han sido conciliados. Las personas son receptivas con la publicidad y pedagogía de la Administración, estamos todavía en etapa para que las personas tomen conciencia para cumplir con las normas de sana convivencia. Cuando tocan con el bolsillo del ciudadano es cuando se presentan algunos problemas, pero en general en el municipio ha habido buena recepción”. Wilson Franco, secretario de Gobierno.
*La inspectora del municipio Carmen del Socorro López, destaca que durante la pasada celebración de las ‘Fiestas del Aguacate’ “no se presentó ningún comportamiento contrario a la convivencia”.
Pueblorrico
Conducta recurrente: porte de armas blancas.
“Hasta el momento van tres órdenes de comparendo o medidas correctivas, más que todo por porte de armas blancas, es que el ciudadano común y corriente carga su navajita no con la intención de herir a nadie; y por la mala costumbre que tenemos los ciudadanos de no andar con el documento de identidad. Personas con multas Tipo 1 y Tipo 2 se han acercado a solicitar las horas lúdicas, de acuerdo con un decreto que sacó el municipio de Pueblorrico esas horas ya están estipuladas en varias actividades ya sea aseo de calles, ornato, aseo en los centros educativos y en apoyo a asuntos administrativos del municipio, pero hay un vacío: el Código dice que Tipo 1 y Tipo 2, las personas se pueden acoger a una actividad lúdica pero si nos vamos a la parte legal, cualquier cosa que le pase a una persona que esté pagando una hora ¡el responsable es el municipio! Entonces hay vacíos dentro de la norma. El municipio tiene 8.060 habitantes y tenemos un cuerpo de policía muy comprometido con el municipio”. Luis Fernando Henao hincapié, inspector.
Salgar
Conducta recurrente: reñir o incurrir en confrontaciones violentas, irrespetar a las autoridades de Policía, tener especies de flora o fauna que ofrezcan peligro para la integridad y la salud.
“Durante el mes de agosto fueron 15 las sanciones impuestas en Salgar por faltas Tipo 1 y 2, cuyo valor va de los $98.000 hasta los $196.724. La aplicación del Código se ha venido haciendo de manera efectiva, en trabajo articulado con la Alcaldía y la Inspección de Policía.” Información brindada por el Comando de Policía del municipio a través del área de comunicaciones de la Alcaldía.
Santa Bárbara
Conducta recurrente: porte de armas blancas, consumo de estupefacientes en la vía pública.
“Hasta la fecha en la Inspección de Policía Municipal reposan siete órdenes de comparendo todas de infracción Tipo 2. Se ha mejorado mucho con la implementación del Código porque están disminuyendo las quejas por convivencia ciudadana”. Diana Carolina Álvarez Acevedo, inspectora.
Támesis
“Ninguna de las alcaldías, creo que ninguna del Suroeste hasta donde tengo entendido, ha podido sacar los decretos reglamentarios del Código dentro del territorio municipal que -palabras más, palabras menos- determinan dónde están los espacios públicos, cuáles van a ser esos espacios públicos, en fin; y otro parte es el tema de las medidas pedagógicas, cursos pedagógicos y trabajos comunitarios que son herramientas básicas para poder implementar 100% el Código. Para las multas generales Tipo 1 y Tipo 2, las personas podrán solicitar que se les haga partícipes del curso pedagógico o de trabajo comunitario para no cancelar. En este momento, por ejemplo, ya hemos fallado varios procesos por el tema de urbanismo, se han ordenado una demoliciones de unas obras, reconstrucción de algunas fachadas; esas sanciones son las más costosas que tiene el Código de Policía, por eso se llama multa especial y se clasifican, no en Tipo 1, 2 o 3 como la general, si no que se clasifican de acuerdo al estrato socioeconómico donde está ubicada esa propiedad. Con la aplicación del Código yo creo que podemos manejar una cantidad de situaciones que son favorables, lo que pasa es que también la norma, aunque supuestamente es netamente preventiva, para mí también tiene algo de represiva”. Julio Herrera, inspector.
Tarso
Conducta recurrente: realizar necesidades fisiológicas en el espacio público, reñir o incurrir en confrontaciones violentas, perturbar la tranquilidad por ruidos.
“Desde el 1 de agosto se ha sancionado a una persona con una multa Tipo 4, correspondiente a 32 salarios mínimos legales diarios vigentes, por realizar sus necesidades en espacio público y ha sido debidamente notificado. Hay otras dos por riñas, los trámites del comparendo están en curso, todavía no da lugar a que se imponga o no medida correctiva porque tenemos que escuchar a las personas en sus versiones. Nos hemos trasladado a algunos sectores donde la problemática de la convivencia es más visibleparacontarles las consecuencias que genera un mal comportamiento, hemos visitado también los establecimientos por alto volumen, y se ha hablado con los comerciantes para la cuestión de sacar la basura el día que es. Cuando estudiábamos a nosotros nos enseñaban el urbanismo, con la urbanidad nosotros sabemos qué no se puede hacer: llevar esos perros que son potencialmente peligrosos, agresiones a los vecinos, agresiones a las personas, riñas, alto volumen, sacar basura a destiempo,botar los animales, etc. Las normas son promulgadas por los congresistas que legislan desde Bogotá, pero los municipios no tienen la forma de implementar las normas de inmediato”. Jaime Mejía, inspector.
Titiribí
Conducta recurrente: porte de armas blancas, perturbar la tranquilidad por ruidos, consumir bebidas alcohólicas en centros deportivos, parques, hospitales o en espacio público; consumo de estupefacientes en la vía pública, agredir físicamente a personas.
“Entre los comportamientos contrarios que se presentan en el municipio, en primer lugar se encuentra el consumo de alcohol o sustancias psicoactivas en el espacio público, tiene como medida correctiva una multa general del Tipo 2, con un costo de $196.620, ese es el comportamiento más recurrente. De ahí le sigue la emisión de sonidos o ruidos que afectan la convivencia, que tiene una medida correctiva que consiste en la multa general de Tipo 3 de $393.440, y la disolución de la reunión o actividad. El tercero es el porte ilegal de armas, especialmente de armas blancas, que tiene una multa general de Tipo 2; el cuarto son los comportamientos contrarios al cuidado público y el quinto más recurrente es la agresión. Los comparendos se están haciendo de manera efectiva, es importante que la gente sepa que en los tres días hábiles siguientes al comparendo tienen la posibilidad de presentarte ante la autoridad competente para apelar, y si deciden no asistir se activa otro mecanismo. A partir de la implementación del Código las condiciones de convivencia y seguridad han mejorado bastante, pues gracias a la puesta en marcha ha mermado el número de comportamientos que anteriormente eran demasiado recurrentes”. Armando Olave, Comandante de la Policía.
Urrao
Conducta recurrente: reñir o incitar, o incurrir en confrontaciones violentas.
“Van 22 comparendos por agresiones verbales, incitar a pelear, son las más comunes. Se ha mejorado la convivencia, se ha venido capacitando a la población urraeña y falta más pedagogía. Este municipio es muy extenso, tiene 50 mil habitantes aproximadamente”. Edilson Farid Rodríguez, inspector.
Valparaíso
“Comparendos ambientales realizados: cero, comparendos relacionados con respecto a la Ley 1801 de 2016: cero, como Alcaldía comprendemos la importancia de dicha norma, al establecer parámetros de comportamientos mínimos para una buena convivencia. Sin embargo, vemos algunas falencias como por ejemplo: se está midiendo de la misma forma a un municipio de categoría 6 y a uno de categoría especial, estamos exigiendo la misma infraestructura, la misma capacidad operativa y definitivamente no es posible equipararse. Sería buena idea tener un enfoque desde la operatividad y capacidad económica que realmente tienen los municipios a través de sus entes territoriales”. Sebastián Restrepo Bejarano, secretario de Gobierno y Servicios Administrativos.
Tenga en cuenta
Las multas se dividen en generales y especiales, la clasificación de las generales se da así:
- Multa Tipo 1: Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Multa Tipo 2: Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Multa Tipo 3: Dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
- Multa Tipo 4: Treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Además de las generales hay unas multas consideradas especiales: van desde los 100 hasta los 800 salarios mínimos legales diarios y mensuales, y se aplican para:
- Comportamientos de organizadores de actividades que involucran aglomeraciones de público complejas.
- Infracción urbanística.
- Contaminación visual.
Tras identificar la falta, el policía impone el comparendo al infractor y este debe cancelar la suma respectiva ante un inspector en los cinco días siguientes. Algunas de las multas tipo 1 y 2, podrán pagarse con cursos o actividades comunitarias.
A partir del mes de aplicación hay intereses por mora y después de los seis meses se inicia cobro coactivo que incluso puede llevar al embargo de bienes.
Multa general Tipo 1: 4 SMDLV $98.360 |
-Impedir el ingreso o salida a servicios de transporte públicos a mujeres embarazadas, adultos mayores, personas con niños o en condición de discapacidad.
-Obstruir las manifestaciones de cariño que no configuren actos sexuales. -Poner la música muy elevada en vehículos de servicio público. |
Multa general Tipo 2: 8 SMDLV $196.720 |
-Permitir que animales violentos estén deambulando sin control alguno por las calles.
-Pintar con grafitis las paredes. -Impedir el ingreso de perros lazarillos. |
Multa general Tipo 3: 16 SMDLV $393.440 |
-Instalar servicios públicos en inmuebles que hayan sido ocupados ilegalmente.
-Promover, participar y patrocinar actividades de apuestas en cualquier reciento, que involucren animales, salvo las excepciones establecidas en la Ley 84 de 1989. -Ensuciar o dañar bienes de uso público. |
Multa general Tipo 4: 32 SMDLV $786.880 |
-Contaminar o envenenar fuentes hídricas, recursos fáunicos y forestales.
-Hacer uso indebido del número de seguridad y emergencia 123. *La multa se incluirá en la siguiente cuenta de cobro del celular desde el que se hizo la llamada. -Lavar bienes muebles en el espacio público, vía pública, ríos, canales y quebradas. |