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AVISO

EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE CALDAS – ANTIOQUIA
HACER SABER:

Que dentro del proceso de declaratoria de muerte presunta con radicado 05129310300120240014000, promovido por Alba Irene Cano de Quintero respecto del señor Juan Carlos Quintero Cano, el 3 de septiembre de 2026, se dictó sentencia siendo el encabezamiento y parte resolutiva la siguiente: “JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE CALDAS ANTIOQUIA Sentencia No. 164 Radicado 05 129 31 03 001 2024 00140 00 Caldas, tres (3) de septiembre de dos mil veintiséis (2026) ASUNTO POR DECIDIR. Al no observarse causales que puedan invalidar lo actuado y deban decretarse, procede el Despacho a dictar la sentencia anticipada que en derecho corresponde y tal como se había anunciado en providencia anterior, dentro del proceso de Declaratoria de muerte presunta, promovida a través de apoderado judicial por la señora Alba Irene Cano Quintero identificada con número de cédula 21.478.476, respecto del señor Juan Carlos Quintero Cano identificado con cédula de ciudadanía Nro. 98.601.785. RESUELVE: PRIMERO. Declarar LA MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO del señor JUAN CARLOS QUINTERO CANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.601.785, por los motivos expuestos en las consideraciones de esta sentencia. SEGUNDO. Fijar como fecha presuntiva de la muerte del señor JUAN CARLOS QUINTERO CANO, en el día 8 de diciembre de 2002, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. TERCERO. Oficiar a la Registraduría Nacional del Estado Civil de Angelópolis, Antioquia, para que proceda a asentar el registro civil de defunción del señor JUAN CARLOS QUINTERO CANO CUARTO. En firme esta sentencia publíquese su encabezamiento y parte resolutiva en un diario de amplia circulación nacional (Tiempo, República, El Espectador), en un periódico y una radiodifusora locales. QUINTO. Oficiar a SAVIA SALUD EPS, para que garantice la atención por profesional psicosocial debidamente habilitado por la Dirección Seccional de Salud, que le permita, a la señora Alba Irene Cano de Quintero, abordar y tramitar las emociones asociadas al evento de desaparición de su hijo Juan Carlos y favorecer la elaboración del proceso de duelo, brindando el acompañamiento pertinente y de acuerdo con las necesidades.

 

 

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