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EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL URABÁ

C O R P O U R A B Á

en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por la Ley 99 de 1993, el decreto – Ley 2811 de 1974, decreto 1076 de 2015

AVISO 1

Como parte de la implementación del Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico del río Penderisco, mediante la Resolución No. 100-03-20-01-0193-2024 ordenó el proceso de reglamentación del uso del agua para el río Penderisco y sus principales tributarios, que discurre por el municipio de Urrao, departamento de Antioquia.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 2.2.3.2.13.3 y 2.2.3.3.7.2 del decreto 1076 de 2015, se realizaron las visitas técnicas (oculares) y el estudio de reglamentación.

En virtud de lo anterior, se elaboró el proyecto de reglamentación de usos del agua del río Penderisco y sus principales afluentes de conformidad con lo señalado en los artículos 2.2.3.2.13.5. y 2.3.3.7.5. del decreto 1076 de 2015; por lo cual se informa a los interesados, que dicho proyecto se encuentra disponible para su consulta en la Sede Principal de la Corporación y Dirección Territorial Urrao, así como en la página web de CORPOURABÁ en el link https://www.corpouraba.gov.co 

CORPOPURABÁ de conformidad con el artículo 2.2.3.2.13.5. del decreto 1076 de 2015 y cumpliendo con lo allí dispuesto, pone a consideración de los interesados el proyecto de distribución de caudales, mediante aviso que se publicará por dos (2) veces con intervalo de diez (10) días entre uno y otro, en dos de los periódicos de mayor circulación en el Departamento o Municipio correspondiente, con el fin de que puedan presentar las objeciones que consideren pertinentes dentro de los veinte (20) días siguientes a la publicación del último aviso.

JORGE DAVID TAMAYO

DIRECTOR GENERAL (E)

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