¿Puede fundarse la democracia bajo la idea del voto castigo?

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Por Celia Arismendy Espinosa
Docente universitaria 
Integrante del Grupo Puentes

El voto en nuestra carta política se encuentra consagrado como derecho universal y deber ciudadano. Acto individual, secreto, consiente, racional, voluntario y programático, que como mecanismo de participación permite que las mayorías, sin desconocer las minorías, implemente un programa político que desde lo particular de esas mayorías, busca el desarrollo general de la sociedad; existiendo como balanza y contrapeso la oposición, que es la acción racional y consciente de control al ejercicio de poder.

El voto programático, propio de la democracia de participación, hace al elegido responsable frente al elector y por ello el ciudadano que elige continúa con el poder de ejercicio y control, a diferencia de la democracia de representación en donde el pueblo hacía entrega del poder al elegido, teniendo como único límite el vencimiento del período de elección, así se encontraba consagrado en la Constitución de 1886, artículo 179: “El sufragio se ejerce como función constitucional. El que sufraga o elige no impone obligaciones al candidato ni confiere mandato al funcionario electo”.

Voto programático.

La elección recae sobre un programa político, fundamento de los planes y programas de desarrollo, el programa impone responsabilidades al elegido: “Artículo. 258. C. NAL. – Modificado. A.L.1/2009, art.11, en desarrollo de las competencias restrictivas. El Programa es fundamento de legitimidad cuando surge de la sociedad atendiendo las condiciones y necesidades de existencia en lo nacional, regional y local, pues cuando es una imposición en procura de satisfacer intereses individuales o particularizados, el voto solo es fuente de mera legalidad. Por medio del voto programático no se eligen personas o figuras fortificadas mediáticamente, es participación democrática, que significa que el sufragante está implicado, comprometido con el programa político a ejecutar en un período específico de ejercicio de poder público.

Voto castigo.

Las acciones mediáticas de información, idean nombres, calificativos y simbolismos que no responden a realidades semánticas, pero que generan pensamientos y acciones concretas, encontrándose dentro de estas el llamado voto castigo que ha entrado a formar parte de los imaginarios de la sociedad, actuando en contra de principios fundamentales que rigen el accionar democrático de los pueblos.

En las elecciones del pasado domingo 28 de octubre en Brasil, al ser entrevistados ciudadanos que acudieron a las urnas, señalaban que su voto era un castigo a los malos gobiernos que representaban la izquierda que los gobernó poco más de 13 años, votaban contra personas o grupos específicos, cayendo en un juego perverso; terminaron votando por personas o grupos específicos. Lo que también sucedió en las elecciones presidenciales en Colombia y podría continuar ocurriendo en las elecciones regionales y locales que se avecinan, si los colombianos no actuamos como potencia, es decir en calidad de soberanos populares.

Se vota por un programa de gobierno, que será el lineamiento del ejercicio de poder derivado, decisión electiva que legitimará acciones democráticas como la revocatoria del mandato por incumplimiento del programa ordenado por el soberano popular. Es importante señalar que un programa de gobierno que no nace de la decisión societal, permite que los elegidos lo desarrollen como lo que son: agendas personales que se implementan o modifican a capricho del gobernante y de los poderes que representa.

No existe ninguna posibilidad de argumentar o demostrar política y filosóficamente que ejercer el voto como una herramienta para castigar, sea una acción cercana a la democracia, las decisiones colectivas afectan lo general, un mecanismo de participación no puede reducirse a implementar vendetas personales o colectivas, que en últimas como un bumerán se devolverá en contra de quienes consideraron irresponsablemente que los votos se depositan en las urnas para premiar o castigar personas u organizaciones, decisiones como esta tienen no solo a América del Norte, Centro y Sur, sino a Europa dirigida por autócratas elegidos en las urnas, resultado de manifestaciones de rabias que los medios de información personalizan, convirtiendo el ejercicio democrático en un campo de batalla.

El voto castigo es ausencia de racionalidad, actuación de espaldas a la democracia habilitando decisiones del poder derivado en contra de la soberanía popular. Es como señalar que el soberano, que es el pueblo, no tiene facultades para definir la política ambiental, de seguridad, minera, acuífera, etc, o, que la tutela como garantía es una acción que de manera desmedida ejercen los ciudadanos irresponsablemente afectando la justicia. Vicios en el ejercicio democrático que debilitan toda la institucionalidad del Estado social de derecho, con mayor afectación a la rama judicial que termina secuestrada y al servicio del ejecutivo y legislativo, quienes son los encargados de su elección o nominación. (arts.239, 249, 254#2 C.Nal.).

El voto como castigo devuelve a nuestra sociedad a la Constitución de 1886, cuando el elegido no era responsable, quedando el pueblo a la espera de que transcurriera el período de gobierno para elegir a otro, en castigo a quien había sido llevado al ejercicio de poder como un premio para castigar a otro gobernante premiado, que pasaría a la condición de castigado, hasta la próxima elección, círculo no solo vicioso, sino mesiánico que convierte en soberano al delegado y en simple sufragante al ciudadano, que por mandato constitucional es el único y exclusivo soberano, como lo prescribe el artículo 3 de la Carta.

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