Desde el lunes 23 de octubre los candidatos a Alcaldía, Gobernación, Concejo, Asamblea y Juntas Administrativas locales cuentan con ciertas restricciones que deben tener en cuenta hasta el día de las votaciones.
Tal y como lo indica la ley colombiana, en el artículo 3 del decreto con el que se dio a conocer la reglamentación para estos comicios: “a partir del lunes 23 de octubre y hasta el lunes 30 de octubre de 2023, sólo se podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados”. Es decir, los candidatos no pueden realizar eventos masivos en espacios públicos.
Además, el 29 de octubre, día de las votaciones no se podrá llevar, colocar o entregar, cualquier propaganda electoral. Como volantes, vallas, pasacalles, afiches, cuñas radiales o espacios televisivos.
“La Policía decomisará toda clase de propaganda proselitista que esté siendo distribuida o que sea portada por cualquier medio durante el día 29 de octubre”, señala el decreto.
¿Qué sí pueden hacer?
- Los candidatos pueden llevar a cabo eventos en lugares cerrados y de índole privada.
- Hasta el 28 de octubre se podrán llevar a cabo cualquier tipo de propaganda electoral.
- El 29 de octubre se pueden entregar pequeñas ayudas sobre cómo se debe votar, especialmente para el Concejo y Asamblea, tarjetones en los que hay voto preferente.