¿Cómo se financiará la Provincia Cartama?

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Los 11 municipios que buscan integrar esta provincia son de sexta categoría y dependen económicamente de los recursos del Sistema General de Participaciones -SGP; Sistema General de Regalías -SGR y del Presupuesto General de la Nación -PGN. La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial que regirá la Provincia según el proyecto de ordenanza mencionado, establece que el financiamiento de las provincias no generará cargos ni al PGN ni al SGP, ni al SGR.

Estos recursos entonces podrán ser utilizados para inversión en el territorio y para el gasto de funcionamiento los municipios, según el proyecto de ordenanza, “podrán participar mediante al equivalente del ´2xmil´ del avaluó catastral de los predios del municipio que son sujetos pasivos del impuesto predial unificado”.

“Estos municipios casi todos tienen una dependencia del Sistema General de Participaciones enorme y por eso el gobierno departamental se compromete a colocar un valor similar al que coloquen los municipios para la financiación”, dijo Eugenio Prieto.

El aporte del departamento de Antioquia será destinado solo para inversión y en el primer año equivaldrá a un valor similar al “2xmil” y en el siguiente año será un valor similar al aportado por los municipios.

Si bien en materia de jurisprudencia no hay suficientes elementos para tener claridad sobre la forma de operación de esta Provincia, el Suroeste y el departamento estarían marcando la ruta para otras regiones del país que vean en este modelo asociativo una forma de ejercer la democracia participativa con mayor fuerza en sus territorios. Se estaría marcando el punto de partida para próximos modelos de provincia incluso en Antioquia.

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Editorial: Provincia para el ciudadano

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