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Tras ser capturado en Jericó el hombre identificado como Wilson Sánchez Osorio, fue llevado a la audiencia de imputación de cargos en Andes y allí fue condenado en primaria instancia a 20 años y nueve meses por el feminicidio de Erika María Taborda. 

Sánchez había huido del municipio el pasado 18 de diciembre tras asesinar a Erika María quien había sido su compañera sentimental hace algún tiempo. Según información de las autoridades y de familiares de la víctima, el hombre es de carácter violento y la acosaba para que regresara con él. 

Ante la negativa de Erika para retomar la relación, Wilson Osorio la atacó con un arma blanca propinándole cinco heridas y tras dejarla tendida en el suelo se dio a la fuga. 

Durante la audiencia que duró más de tres horas, los ánimos estuvieron caldeados a las afueras de la sala penal por lo que las autoridades tuvieron que custodiar la salida del feminicida del lugar.

Tanto familiares, amigos y organizaciones de mujeres, rechazan la pena impuesta a Wilson Sánchez Osorio. Leidy Taborda, sobrina de Erika, expresó que: 

«Sentimos que la pena no supera lo que pasó en la familia, queremos justicia, sin rebaja, y esto es un mensaje para todas las mujeres: no más silencio frente a las violencias, no más feminicidios. Esto es una pena irrisoria, dejó a cinco hijos e hijas que no tendrán quién los cuide en la noche».

La hija mayor de Erika, quien tiene 19 años, quedó a cargo de sus cuatro hermanitos. El sepelio de su mamá fue el miércoles 20 de diciembre, de camino al cementerio la comunidad expresó el rechazo por su muerte.

Recordemos que hablamos de feminicidio cuando:

“Hay asesinatos que suceden por el hecho de ser mujeres, tipificados como feminicidios, producto de relaciones machistas y desiguales, donde las mujeres son asesinadas por incumplir con el rol biológico asignado culturalmente, por decidir una separación de pareja, por denunciar actos de violencia física o sexual, por resistirse a relaciones hegemónicas, por presunta infidelidad, y en general, por razones que obedecen a la estructura patriarcal que relega a las mujeres a obedecer los deseos de sus parejas sentimentales y al salirse de ese patrón, los victimarios se creen con el legítimo derecho de terminar con las vidas de las mujeres”. (Corporación Vamos Mujer y Corporación para la Vida Mujeres que Crean, 2016: 13).

Cabe señalar que en julio de 2015, el Congreso de la República de Colombia aprobó la Ley 1761, llamada Rosa Elvira Cely en honor a la mujer bogotana que fue empalada y asesinada por un conocido en el año 2012. Esta ley determina hasta 41 años de cárcel para la persona que cometa feminicidios y los tipificó como delitos.

En el ‘XIV Informe sobre la Situación de Violación de Derechos Humanos de las Mujeres, 2015’, las investigadoras Claudia Marín y Estefanía Rivera señalan que si bien este es un importante antecedente jurisprudencial que reconoce la violencia feminicida:

“La aplicación en Antioquia de dicha ley, parece ser el reflejo de la precariedad del sistema judicial para recopilar información y estadísticas que permitan investigar y diferenciar los homicidios y feminicidios. (…) persiste una interpretación y aplicación tendiente a desrenponsabilizar a los agresores priorizando estereotipos de género”.

El 2017 es considerado como un año trágico para las mujeres y las niñas en el mundo.

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