De nuevo faltó el peso para el centavo: la abstención electoral ganó el 26 de agosto en la Consulta Anticorrupción, un proceso electoral que promulgaba, a través de siete preguntas, la lucha contra la corrupción que tanto afecta al país. La ciudadanía respondió: once millones y medio de votos fueron la voz potente que manifestó a la clase política colombiana que la sociedad colombiana no aguanta un corrupto más.
¿Qué pasará con las iniciativas que se crearon entorno a la lucha frente a ese monstruo que parece no rendirse? EL SUROESTE entrevistó a Ana María Londoño, abogada y profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Antioquia. Ella explica cómo fue este fenómeno electoral y lo que podría venir para no desistir en esta lucha contra la corrupción.
¿Qué pasó en las votaciones de la consulta anticorrupción?
Ana María Londoño: La normatividad constitucional colombiana tiene especificado en algunos de los mecanismos de participación ciudadana; como es una consulta popular, una figura que técnicamente la llamamos umbral de participación. Quiere decir que el legislador, cuando pensó la figura, y en consideración que las decisiones que se tomen a través de estos mecanismos deben tener un mínimo de legitimidad, dictaminó que esa legitimidad la va a dar el número de personas que van a salir a votar. En este caso, el umbral estaba en 12.140.342. Ocurrió que a pesar de que tuvimos una votación sin precedentes para un mecanismo de participación ciudadana en Colombia, no se alcanzó el número mínimo de personas que se requerían para darle legitimidad a la decisión. Sin embargo, haciendo una lectura histórica, a pesar de que no se alcanzó el umbral de participación, en mi criterio los puntos tuvieron una legitimidad porque tuvo una participación ciudadana inusitada, el asunto es que el umbral de participación fue muy alto, pero eso ya es otra discusión.
¿Los puntos de la Consulta Anticorrupción se pueden ejecutar o legislar en otro momento?
A.M.L.: Sí. Se pueden ejecutar por diferentes iniciativas que tiene establecido el sistema constitucional. Por iniciativa del Gobierno, de los mismos congresistas, desde los partidos políticos, incluso por iniciativa ciudadana. Es decir, los procedimientos ordinarios quedan completamente activados. Acá lo que perdimos fue la posibilidad de darle al Congreso de la República un mandato, una obligación para que esos siete puntos se conviertan efectivamente en normas jurídicas. Pero no quiere decir que los otros canales ordinarios no quedan abiertos para que se puedan reglamentar. En este momento no hay una obligación jurídica, pero los otros caminos están abiertos y como la consulta dejó un efecto político suficiente, la fuerza de esa votación va a impulsar otra suerte de procesos políticos.
¿Cuáles son esos otros canales ordinarios para legislar contra la corrupción?
A.M.L.: Para que esos puntos se pueden convertir en leyes o normas jurídicas, tienen que pasar el trámite por el Congreso de la República. Si la consulta hubiera alcanzado el umbral, el Congreso tenía que aprobar la ley, porque esa ley de mecanismos de participación ciudadana pone un seguro: manifiesta que lo que diga el pueblo es obligatorio y el Congreso lo tiene que tramitar. Pero hay otros canales. El Presidente puede presentar una iniciativa gubernamental, puede presentar los proyectos para que sean debatidos en el Congreso. También los partidos políticos pueden presentar proyectos. Es decir, podemos seguir discutiendo alrededor del tema y presentar tantas iniciativas como se nos ocurran. Inclusive se puede volver a recoger firmas y volver a hacer una consulta o podemos recoger firmas para presentar directamente un proyecto como ciudadanos. Todos esos caminos siguen abiertos.
A mí me parece muy interesante el proceso político que tuvo lugar a propósito de estos mecanismos de participación ciudadana, porque el Partido Verde, que fue el abanderado de esta campaña, pudo hacer una coalición con otros partidos y hacer que esos siete puntos aparezcan en la agenda legislativa. El asunto es que ya se había intentado mucho, se presentó el proyecto varias veces y quedaba archivado en la agenda del Congreso. Entonces, esos mecanismos de participación ciudadana sirven no solo para superar el impase de que el Congreso es muy resistente para legislarse así mismo, sino también por despertar un debate político que solamente puede hacerse invitando a la ciudadanía a participar activamente.
¿Qué nos deja la participación ciudadana de esta consulta?
A.M.L.: El valor que yo le veo a esto es la movilización política, es recuperar esa cédula ciudadanía para el ejercicio verdadero de la democracia. Porque a partir de la consigna de la Consulta Anticorrupción, la ciudadanía se congregó para hacer reivindicaciones más democráticas. Es un proceso muy interesante que se podía hacer por otro camino, pero no fue muy exitoso. Yo prefiero los mecanismos de participación ciudadana, aunque creo en efecto que hay que hacerle bastantes ajustes jurídicos, como revisar el umbral de participación y mejor contar el umbral de aprobación, que es más interesante. Pero ocurre porque así está establecido en la ley estatutaria, entonces tendríamos que modificar dicha ley, lo que significa un proceso constitucional un poco más complejo. Pero mi postura es que me gustan los mecanismos de participación ciudadana, estoy de acuerdo con que los mecanismos se activen, pero ciertamente sí hay que revisar ciertas cosas.
¿Qué faltó para llegar al umbral?
A.M.L: Según mi lectura, alrededor de la consulta hubo dos posturas complejas. La primera asociaba todo este proceso con las banderas de izquierda y la otra postura, un poco más radical, consideraba que estos puntos eran absolutamente inocuos y que no tenía sentido hacer semejantes esfuerzos institucionales para unos puntos que no iban a cambiar la corrupción en absoluto, porque la corrupción es un problema estructural.
Aunque estoy de acuerdo que con esos siete puntos no se va a acabar la corrupción, incluso dos preguntas eran inconstitucionales, me mantengo en la premisa según la cual convocar a la ciudadanía a pensar políticamente, a sentir cierta identidad con un significante [luchar contra la corrupción], es un proceso democrático muy importante; claro está muy al margen de si esto va a ser la cura contra la corrupción, que claramente no lo es. Concluyo que esas dos bandas que se armaron, pueden explicar por qué no se llegó al umbral deseado. También se explica por la apatía histórica por participar políticamente y porque nos hace falta mucho músculo institucional para llegar a ciertas regiones del país, todavía hay una centralización muy fuerte.
¿Por qué dos puntos eran inconstitucionales?
A.M.L: En el primer punto es muy evidente; el artículo 187 de la Constitución Política de Colombia establece los mecanismos a través de los cuales se fijan los salarios de los congresistas, entonces si el salario de ellos se debe cambiar, se debe modificar todo el artículo, es decir, se debe cambiar la Constitución. El otro punto con sospechas de inconstitucionalidad es el séptimo, que se refería a poner unos límites a la participación en las corporaciones públicas. Digo que tiene sospechas de inconstitucionalidad porque la Constitución no tiene establecida expresamente una limitación, y como la participación política es un derecho fundamental, los derechos fundamentales deben interpretarse siempre de manera extensiva (o ilimitada), es decir, no se puede poner límite a un derecho fundamental.
Así votó el Suroeste la Consulta Anticorrupción
En el Suroeste se reflejó el fenómeno nacional de la abstención, solo el 19% de la población habilitada votó en la Consulta Anticorrupción. El 98% de las respuestas respondieron afirmativamente a la consulta, mientras solo el 2% de los votantes marcaron la opción del No en las preguntas del tarjetón. Tal como ocurrió en la votación nacional, la pregunta más votada fue la correspondiente a la reducción del salario de los congresistas y la que mayor votación negativa tuvo fue la que establecía un límite al ejercicio en un cargo público de elección popular. Otro dato para destacar es la votación por cuencas, en ninguna de las cuatro cuencas del Suroeste la votación sobrepasó el 25%: en la cuenca de la Sinifaná votó el 19,5% de los habilitados para votar; en San Juan, el 17,5%; en Penderisco, el 13% y en Cartama, el 21%.