EDICTO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO
MUNICIPAL DE AMAGÁ – ANTIOQUIA
EMPLAZA
A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA de mínima cuantía del causante AUGUSTO JAVIER HERNANDEZ HERNÁNDEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 98.477.673, fallecido el 12 de junio de 2024 en Medellín, Antioquia, y cuyo último domicilio fue el municipio de Amagá, Antioquia, para que comparezcan al proceso y hagan valer los derechos que estimen tener.
El trámite sucesoral fue declarado abierto y radicado mediante Auto Interlocutorio Nro. 763 del catorce (14) de octubre de dos mil veintiséis (2026), dentro del proceso con radicado No. 05030-40-89-002-2026-00452-00. En dicha providencia fueron reconocidos como interesados, en calidad de herederos por derecho de transmisión de su madre Luz Marina Hernández de Hernández, las siguientes personas: Marta Lucia Hernández Hernández, Estella Del Socorro Hernández Hernández, Luz Marina Hernández Hernández, Cielo Elsy Hernández Hernández Y Hernán De Jesús Hernández Hernández.
El activo denunciado corresponde a un derecho de crédito a favor de la masa sucesoral por valor de treinta y un millones setecientos noventa mil treinta y siete pesos ($31.790.037), más la indexación ordenada hasta la fecha de su pago efectivo.
De conformidad con lo ordenado en el Auto Interlocutorio Nro. 763 del catorce (14) de octubre de dos mil veintiséis (2026), el presente edicto deberá ser publicado por una sola vez en un medio escrito, esto es, en el periódico “El Colombiano” o “El Tiempo” de la ciudad de Medellín, y en una emisora local. Asimismo, conforme a los artículos 108 y 490 del Código General del Proceso y al artículo 10 de la Ley 2213 de 2022, se efectuará la inclusión correspondiente en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de publicada la información en dicho registro.



